Estan sujetas a licencia la instalación en suelo privado de carteleras, vallas, postes o monopostes publicitarios.
Quién lo puede solicitar
Cualquier persona física o juridica.
Documentación a presentar
- Impreso licencia de obras para instalación de carteleras.
- Proyecto técnico.
- Dirección Facultativa.
- Fotografías en color.
- Compromiso de mantenimiento de la instalación.
- Fotocopia de la licencia de obras que se publicita.
- Informe favorable de la Demarcación de Carreteras del Estado.
- Coordenadas UTM ETRS89 huso 30.
- Autorización de la propiedad.
- Seguro de responsabilidad civil.
- Impreso de estimación, identificación y destino de los residuos.
- Fotocopia de la Carta de Pago de la fianza emitida por Intervención Municipal.
- Autoliquidación del ICIO y de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, abonadas.
Canal de solicitud
Están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración conforme establece el art. 14.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común:
- Las personas jurídicas
- Las entidades sin personalidad jurídica
- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de su actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse de este modo.
- Los empleados de las Administraciones Públicas, para los trámites y actuaciones que realicen en su condición de empleado público.
Deberán presentar sus escritos y comunicaciones dirigidos al Ayuntamiento de Alcalá de Henares a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento:
https://sede.ayto-alcaladehenares.es/web/guest/registro-electronico
– Las personas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración podrán hacerlo presencialmente en cualquiera de los siguientes Registros:
- Registro General del Ayuntamiento
Plaza de Cervantes, 12
Telf: 91 888 33 00
+ Extensión: 1131 – 1132 – 1133 – 1134 – 1135 – 1136
- Registro Auxiliar de la Concejalía de Urbanismo
Calle Escritorios, 11
Telf: 91 888 33 00
+ Extensión: 4203 – 4225 – 4261 – 4273
- Registro Auxiliar de la Policía Local
Avda. de Meco, 1
Telf: 91 888 33 00
+ Extensión: 4138
- Registro Auxiliar de la Junta Municipal Distrito I
Calle Navarro y Ledesma, 1
Telf: 91 888 33 00
+ Extensión: 3102 – 3122
- Registro Auxiliar de la Junta Municipal Distrito II
Avda. Reyes Católicos, 9
Telf.: 91 888 33 00
+ Extensión: 4013 – 4014
- Registro Auxiliar de la Junta Municipal Distrito III
Paseo de los Pinos, 1
Telf.: 91 888 33 00
+ Extensión: 3040 – 3042 – 3043
- Registro Auxiliar de la Junta Municipal Distrito IV
Calle Octavio Paz, 15
Telf.: 91 888 33 00
+ Extensión: 4062 – 4073
- Registro Auxiliar de la Junta Municipal Distrito V
Calle Cuenca, 1
Telf.: 91 888 33 00
+ Extensión: 6203 – 6204 -6207
– También podrá remitirlo mediante las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Normativa
Impuestos, Tasas y Fianzas
- Ordenanza Fiscal nº 6 Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
- Ordenanza Fiscal nº 9 Reguladora de la Tasa por prestación de Servicios Urbanisticos .
- Instrucciones para la autoliquidación del ICIO y de la tasa de prestación de servicios urbanísticos.
- Instrucciones para ingresar la fianza.