Obras en vía pública entre las que se incluyen acometidas o canalizaciones eléctricas, de telecomunicaciones,  de gas,  de agua potable o a la red de saneamiento, así como calas, calicatas, pozos y colocación de postes.

Quién lo puede solicitar

Las personas físicas y las Compañías de Servicios, operadoras de cable y demás personas jurídicas.

Documentación requerida
  • Impreso de solicitud de canalizaciones sin proyecto
  • Memoria descriptiva.
  • Planos en los que quede bien definidos la ubicación y trabajos a realizar:
    1. Planta con acotaciones
    2. Secciones trasversales
  • Cuantos sean necesarios para la definición de la actuación.
  • Presupuesto estimado, con unidades y mediciones parciales.
  • Plan de obra con la duración prevista.
  • Impreso de identificación, estimación y destino de los residuos.
  • Fotocopia de la Carta de Pago,  emitida por Intervención Municipal,  de la fianza depositada.
  • Tasa por prestación de servicios urbanísticos  abonada.
  • Si fuese necesario el corte de calle u ocupación de suelo público, adjuntar solicitud de ocupación de vía pública.
  • En caso de acometidas eléctricas y de otras compañías de servicios: autorización de la compañía de servicios a favor del titular de la licencia, documento que justifique la petición de suministro del servicio expedido por la compañía de servicios correspondiente y/o conformidad a la ejecución por interesado y autorización del beneficiario del servicio a la empresa instaladora, en caso de que dicha empresa sea la titular de la licencia.
Canal de solicitud

Están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración conforme establece el art. 14.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común:

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de su actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse de este modo.
  • Los empleados de las Administraciones Públicas, para los trámites y actuaciones que realicen en su condición de empleado público.

Deberán presentar sus escritos y comunicaciones dirigidos al Ayuntamiento de Alcalá de Henares a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento:

https://sede.ayto-alcaladehenares.es/web/guest/registro-electronico

– Las personas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración podrán hacerlo presencialmente en cualquiera de los siguientes Registros:

  • Registro General del Ayuntamiento

Plaza de Cervantes, 12

Telf: 91 888 33 00

+ Extensión: 1131 – 1132 – 1133 – 1134 – 1135 – 1136

  • Registro Auxiliar de la Concejalía de Urbanismo

Calle Escritorios, 11

Telf: 91 888 33 00

+ Extensión: 4203 – 4225 – 4261 – 4273

  • Registro Auxiliar de la Policía Local

Avda. de Meco, 1

Telf: 91 888 33 00

+ Extensión: 4138

  • Registro Auxiliar de la Junta Municipal Distrito I

Calle Navarro y Ledesma, 1

Telf: 91 888 33 00

+ Extensión:  3102 – 3122

  • Registro Auxiliar de la Junta Municipal Distrito II

Avda. Reyes Católicos, 9

Telf.: 91 888 33 00

+ Extensión: 4013 – 4014

  • Registro Auxiliar de la Junta Municipal Distrito III

Paseo de los Pinos, 1

Telf.: 91 888 33 00

+ Extensión: 3040 – 3042 – 3043

  • Registro Auxiliar de la Junta Municipal Distrito IV

Calle Octavio Paz, 15

Telf.: 91 888 33 00

+ Extensión: 4062 – 4073

  • Registro Auxiliar de la Junta Municipal Distrito V

Calle Cuenca, 1

 Telf.: 91 888 33 00

+ Extensión: 6203 – 6204 -6207

  • También podrá remitirlo mediante las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las  Administraciones Públicas.
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